Si acabas de quedarte en situación de desempleo,  ya sea por la finalización de tu contrato temporal, por un despido o por un expediente de regulación de empleo, te ofrecemos un resumen de los trámites que debes seguir.

Hay que tener en cuenta que el proceso que se detalla a continuación es el general, sin entrar en casos concretos en los que el procedimiento puede variar.

Lo más inmediato es tener en cuenta que la solicitud de la ayuda correspondiente se debe cursar dentro de los siguientes 15 días laborables al momento de la extinción/finalización del contrato.

1.- Es necesario inscribirse en las Oficinas de Empleo de la comunidad autónoma de residencia como “Demandante de Empleo”, donde te proporcionarán la tarjeta de demanda de empleo.

2.- Se debe solicitar cita previa para poder solicitar una ayuda: ya sea una prestación contributiva o un subsidio.

3.- Si se ha trabajado mas de un año se tiene derecho a solicitar la prestación contributiva para lo que se tiene que presentar las tres ultimas nóminas, el certificado de empresa y la tarjeta de demandante de empleo. Si no fuera el caso se puede solicitar un subsidio por desempleo.

4.- Una vez solicitada, se debe esperar la resolución que acredite que realmente tenemos derecho a percibir esa ayuda. Cuando se recibe la carta aceptando la solicitud aprobada, se empieza a percibir mensualmente el dinero mientras se continua con la búsqueda activa de empleo.

5.- Cada tres meses, es necesario acudir un día en concreto que nos marca la propia oficina de empleo, a renovar la solicitud de empleo y “sellar la tarjeta del paro”. Es un trámite imprescindible que se debe hacer dicho día si no se quiere perder el derecho a percibir dicha ayuda.

6.- Una vez que se encuentra empleo se debe solicitar la suspensión o baja. Si se realiza la baja de la prestación por colocación en una empresa (por cuenta ajena) o en tu propio negocio (por cuenta propia) y posteriormente es necesario volver a solicitar la prestación, si se cumplen los requisitos, se permite reanudar el cobro de la prestación.

A los ciudadanos residentes en Alicante en desempleo les aconsejamos que pidan cita en la Agencia Local de Desarrollo para que nuestros profesionales les ayuden a encontrar una salida laboral 

Preguntas frecuentes

¿Que documentación debo aportar a la cita con la Agencia de Colocación?

La documentación a aportar para tu cita será:

  • DNI
  • DARDE
  • Curriculum vitae
  • Vida laboral actualizada.
  • Titulación académica y cursos formativos.
  • Carnés profesionales y de conducir.
  • Certificado de minusvalía, si se tuviese.

 

Si estoy en mejora de empleo. ¿Puedo inscribirme el la Agencia de Colocación?

Si. Presentando tu tarjeta de inscripción como demandante de empleo.

¿Puedo ser usuario de mas de una Agencia de Colocación?

Si. Es recomendable inscribirse en varias Agencias de Colocación si quieres ampliar tus posibilidades de encontrar empleo.

¿Es lo mismo una Agencia de Colocación que una ETT?

No. Las agencias de colocación colaboran con los servicios públicos de empleo como intermediadores, por lo que el trabajador firma el contrato directamente con la empresa contratante y nunca con la agencia de colocación.

¿Es necesario estar empadronado en Alicante para inscribirse en la Agencia de Colocación?

No. Te atenderemos siempre que tengas la documentación requerida y desees ser usuario de la Agencia de Colocación.

¿Se puede demandar formación a través de la Agencia de Colocación?

Si. Durante la entrevista podemos valorar la formación adecuada a tu perfil profesional, seleccionando los cursos más idóneos para encontrar empleo.

Una vez inscrito, ¿con qué frecuencia debo actualizar mis datos?

Siempre que haya algún cambio referente a datos personales, laborales o de formación, debes comunicarlo solicitando una cita de actualización a tu orientadora.