Ayudas en materia de Comercio, Consumo y Artesanía de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Mapa no disponible

Fecha/Hora
Fecha(s) - 04/02/2022
12:00 am - 11:30 pm

Categorías


Objeto

El objetivo es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad de las pymes en materia de comercio, consumo y artesanía en la Comunidad Valenciana

Son tres líneas de ayudas dirigidas a empresas y artesanos:

  1. AVALEM ARTESANÍA
  2. EMPRENEM COMERÇ
  3. AVALEM MERCATS

 

Requisitos

  • Estar legalmente constituidas.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y no haber sido sancionada por resolución administrativa firme, conforme a lo establecido en el título VI de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias (frente a la Generalitat y a la AEAT) y de Seguridad Social.
  • No ser deudora por reintegro de subvenciones
  • Aquellas otras que, en su caso, se determinen en el Capítulo correspondiente del Título II de la Orden 22/2018.

Las beneficiarias deberán mantener estos requisitos durante el ámbito temporal de la ayuda.
 

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 10 de Enero de 2022 hasta el día 4 de Febrero de 2022, ambos inclusive. (Para el ejercicio 2022 la Resolución de convocatoria se ha publicado en el DOGV núm. 9237, de 17/12/2021)
 

Avalem Artesanía

 

Interesados

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda, Autónomos, pymes y micropymes con domicilio social en la Comunidad Valenciana que tengan la cualificación de Artesanía (DCA) debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.
 

Cuantía

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 50% del presupuesto presentado con un máximo de 5.000,00€ por beneficiario o de hasta 7.500,00€ si el programa es fuera de España.

Para más información sobre esta ayuda y su tramitación se puede consultar el siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=382&version=amp
 

Emprenem Comerç

 

Interesados

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pyme o micropymes:

  1. Que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  2. Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunidad Valenciana, en alguna de las actividades, según:
    1. CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
    2. IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera División 6, Agrupaciones:
      1. Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5 .
      2. Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655

No serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento
 

Cuantía

La ayuda a conceder por establecimiento será de hasta el 50% con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.

Para más información sobre esta ayuda y su tramitación se puede consultar el siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15256&version=amp

 

Avalem Mercats

 

Interesados

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes:

  1.  Que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
  2. Que siendo micropymes ejerzan la actividad comercial en la Comunidad Valenciana en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663 del IAE.

No serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.
 

Cuantía

La inversión aprobada no podrá ser inferior a 1.000 euros y la ayuda será de hasta el 50% con el límite de 5.000 euros por beneficiaria en un plazo de 5 años

Para más información sobre esta ayuda y su tramitación se puede consultar el siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19928

Sin comentarios

Sorry, the comment form is closed at this time.