Subvención para proyectos de Digitalización de Pymes: DIGITALIZA-CV

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Fecha/Hora
Fecha(s) - 03/03/2022
12:00 am - 11:30 pm

Categorías


 

Objeto

Las ayuda tienen como objetivo incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, TEIC.
 

Interesados

Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunidad Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):

  • a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43
  • b) Sección H-Divisiones 49 a 53
  • c) Sección J-Divisiones 58 a 63
  • d) Sección M-Divisiones 69 a 74

Cuando la actividad principal de la empresa solicitante no esté incluida en la relación anterior, no podrá ser beneficiaria de la ayuda salvo que aporte una copia del formulario de la Agencia Tributaria (AEAT) 036/037 de alta o modificación en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, en el que figure un código de actividad equivalente a alguno de los CNAE admitidos, según la correspondencia entre IAE y CNAE publicada por la AEAT, así como información que cuantifique esta actividad.

En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.

 

Cuantía

Consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto variable en función del tamaño de empresa: – Pequeña empresa: hasta el 40% – Mediana empresa: hasta el 30%

La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros.
 

Plazo de presentación

Se iniciará el día 12 de enero de 2022 y finalizará el 3 de marzo de 2022 a las 23:59:59 horas.
 

Requisitos

  • La presentación de las solicitudes se ajustará a lo establecido en el artículo 5 de las bases reguladoras.
  • La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad o de persona física para los empresarios/as individuales, emitido por la Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio d Industria, Comercio y Turismo.
  • La empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes ACCV

Constituyen obligaciones esenciales del beneficiario realizar el proyecto, acreditar su realización ante el IVACE, así como cumplir las condiciones y resto de obligaciones en la forma descrita en el artículo 10 de las bases reguladoras y en el artículo 9 de la convocatoria, sin perjuicio de las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
 

Información y tramitación de solicitudes

Para más información sobre esta ayuda y su tramitación, haz click en el siguiente enlace: https://digitalizacv.es/programa-digitaliza/

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